Ayuda Art 27 L.o.1/2004
Esta ayuda, regulada por el Real Decreto 1452/2005, busca proteger a las víctimas de violencia de género. El Instituto Aragonés de la Mujer (IAM) gestiona estos fondos para servicios sociales y promoción social en Aragón. Se otorgan directamente, sin necesidad de competir con otros solicitantes.
Quien puede pedirla
Pueden solicitar esta ayuda personas físicas que no desarrollen actividad económica y que sean víctimas de violencia de género en Aragón.
En que se puede gastar
El dinero se destina a servicios sociales y promoción social para las víctimas de violencia de género, según lo establecido en el Real Decreto 1452/2005.
Como solicitarla
La ayuda se concede de forma directa, lo que significa que no hay un proceso de solicitud competitivo. Contacta con el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM) para informarte sobre los pasos a seguir y la documentación necesaria.
Requisitos principales
- Ser persona física
- No desarrollar actividad económica
- Ser víctima de violencia de género
- Residir en Aragón
Informacion de la convocatoria
- Tipo de ayuda: Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Procedimiento: Concesión directa - instrumental
- Finalidad: Servicios sociales y promoción social
Datos obtenidos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), gestionada por el Ministerio de Hacienda del Gobierno de Espana. Referencia BDNS: 906062. Publicada el 15/05/2026.
Bases reguladoras
Tipo: Concesión directa - instrumental. Finalidad: Servicios Sociales y Promoción Social. Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
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