Deducción Por Inversiones En Producciones Cinematográficas Españolas Y Extranjeras Arts. 36.1., 36.2, Y 39.3 Lis Año 2024
Esta ayuda es una deducción fiscal para empresas y personas que invierten en producciones cinematográficas, tanto españolas como extranjeras. Es una forma de incentivar la cultura a través de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Quien puede pedirla
Pueden solicitarla grandes empresas, pymes, personas físicas y jurídicas (con o sin actividad económica) que inviertan en producciones de cine.
En que se puede gastar
El dinero se usa para financiar la producción de películas, series y otros contenidos audiovisuales. Es una ventaja fiscal que reduce el importe a pagar en el Impuesto de Sociedades.
Como solicitarla
Se aplica a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). La fecha límite para solicitarla es el 25/07/2025. Consulta la web de la AEAT para más detalles sobre el proceso.
Requisitos principales
- Invertir en producciones cinematográficas españolas o extranjeras
- Cumplir con los requisitos de la Ley del Impuesto sobre Sociedades
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales
Informacion de la convocatoria
- Tipo de ayuda: Ventaja fiscal
- Procedimiento: Concesión directa - instrumental
- Finalidad: Cultura
Datos obtenidos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), gestionada por el Ministerio de Hacienda del Gobierno de Espana. Referencia BDNS: 888690. Publicada el 20/02/2026.
Bases reguladoras
Tipo: Concesión directa - instrumental. Finalidad: Cultura. Ley del Impuesto sobre Sociedades
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