Orden De 9 De Abril De 2026, De La Ceeta. Línea 1. Ayudas A Personas Trabajadoras Autónomas O Pymes Cuyo Domicilio De Actividad Se Encuentre Recogido En El Anexo I. Minimis Pesca Y Acuicultura
Esta ayuda es para autónomos y PYMEs en Andalucía que tengan su negocio en las zonas indicadas en el Anexo I. El objetivo es ayudar a mantener la actividad económica y el empleo en estas áreas.
Quien puede pedirla
Pueden solicitarla autónomos y PYMEs con domicilio de actividad en las zonas especificadas en el Anexo I de la convocatoria, ubicadas en Andalucía.
En que se puede gastar
La finalidad es promover el mantenimiento de la actividad y el empleo en zonas de especial afectación. No se especifica en qué se puede gastar el dinero.
Como solicitarla
La solicitud se puede presentar desde el día siguiente a la publicación en el BOJA hasta el 30 de junio de 2026. No se especifica la forma de presentación.
Requisitos principales
- Ser autónomo o PYME
- Tener domicilio de actividad en las zonas del Anexo I
- Estar ubicado en Andalucía
Informacion de la convocatoria
- Tipo de ayuda: Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Procedimiento: Concesión directa - canónica
- Finalidad: Fomento del empleo
Datos obtenidos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), gestionada por el Ministerio de Hacienda del Gobierno de Espana. Referencia BDNS: 897915. Publicada el 09/04/2026.
Bases reguladoras
Tipo: Concesión directa - canónica. Finalidad: Fomento del Empleo. ORDEN DE XX DE ABRIL DE 2026, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, PARA PROMOVER EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD Y EL EMPLEO DEL TEJIDO PRODUCTIVO ANDALUZ EN LAS ZONAS DE ESPECIAL AFECTAC
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