Subvenciones En Materia De Asuntos Religiosos, Correspondiente Al Ejercicio Presupuestario 2026, Para Actuaciones Llevadas A Cabo Durante El Año 2025
Esta ayuda es para temas religiosos en Cataluña. Hay 650.000 euros disponibles. Es para proyectos que se hayan hecho durante el año 2025.
Quien puede pedirla
Pueden pedirla tanto personas físicas (autónomos) como jurídicas (PYMEs y otras entidades) que no tengan ánimo de lucro.
En que se puede gastar
No se especifica en qué se puede gastar el dinero, pero debe estar relacionado con asuntos religiosos y actividades artísticas, deportivas o de servicios a la comunidad.
Como solicitarla
La solicitud se presenta después de la publicación de la convocatoria en el diario oficial. Tienes 15 días hábiles para presentarla.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica
- No desarrollar actividad económica (si eres persona jurídica)
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias
- Actuaciones realizadas durante el año 2025
- Tener sede en Cataluña
Informacion de la convocatoria
- Tipo de ayuda: Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- Procedimiento: Concurrencia competitiva - canónica
- Finalidad: Servicios sociales y promoción social
Datos obtenidos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), gestionada por el Ministerio de Hacienda del Gobierno de Espana. Referencia BDNS: 906731. Publicada el 20/05/2026.
Bases reguladoras
Tipo: Concurrencia competitiva - canónica. Finalidad: Servicios Sociales y Promoción Social. ORDEN PRE/81/2023, de 12 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones en materia de asuntos religiosos.
Categorias
Tipos de beneficiario
Subvenciones similares
Quieres que un experto te gestione esta subvencion?
Te ponemos en contacto con asesores especializados que te ayudan con la solicitud.
Sin compromiso. Tus datos solo se usan para ponerte en contacto con un asesor.